Le compete dictaminar sobre todo proyecto o asunto relativo a la asistencia social, a las condiciones de vida del habitante, con el respeto de la dignidad, la integridad física, psíquica y moral del individuo, sobre los proyectos relacionados con los subsidios, pensiones y condonaciones y eximiciones de deudas municipales de los habitantes del distrito. Dictaminar sobre todo proyecto o asunto destinado a la jerarquización del rol de las entidades de bien público, la relación de las entidades intermedias con la comunidad y con los organismos del estado municipal, el funcionamiento, la organización y desarrollo de los clubes, sociedades de fomento, asociaciones mutuales y civiles, cooperativas y cualquier otro tipo de sociedad cultural.-